El gobierno español a través del Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, estableció un sistema de Certificados de Ahorro Energético. Este sistema regulado exige a los sujetos obligados que lleven a cabo acciones de ahorro energético, definida según el porcentaje de venta de energía del año 2021.Cada año se le asigna al Sujeto Obligado una cantidad de GWh que debe ahorrar, pudiendo transformar cada KWh/año ahorrado en un Certificado de Ahorro Energético (CAE).
Los Sujetos obligados solicitan la emisión de los CAE (previamente verificados) al Gestor autónomo, quien procede a una preinscripción en el Registro Nacional. El Coordinador Nacional registra definitivamente los CAE.
El Gestor autonómico emite un informe favorable de validación, realiza la emisión de los CAE y procede a la preinscripción en el Registro Nacional de CAE de todos los Certificados de Ahorro Energético que se emitan.
Los Sujetos obligados presentan los CAE obtenidos y los liquidan en contra de sus obligaciones.
El gobierno español a través del Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, estableció un sistema de Certificados de Ahorro Energético. Este sistema regulado exige a los sujetos obligados que lleven a cabo acciones de ahorro energético, definida según el porcentaje de venta de energía del año 2021.Cada año se le asigna al Sujeto Obligado una cantidad de GWh que debe ahorrar, pudiendo transformar cada KWh/año ahorrado en un Certificado de Ahorro Energético (CAE).
Los Sujetos obligados firman un contrato delegación, que consiste en un acuerdo de derecho privado firmado con un sujeto delegado por el cual éste último se compromete a obtener y liquidar en nombre del primero un número de CAE.
Los Sujetos Delegados solicitan la emisión de los CAE (previamente verificados) al Gestor autónomo, quien procede a una preinscripción en el Registro Nacional. El Coordinador Nacional registra definitivamente los CAE.
El Gestor autonómico emite un informe favorable a la validación, realiza la emisión de los CAE y procede a la preinscripción en el Registro Nacional de CAE de todos los Certificados de Ahorro Energético que se emitan.
Los Sujetos Delegados presentan los CAE obtenidos y los liquidan por las obligaciones que se hayan consensuado en el contrato de delegación.
El gobierno español a través del Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, estableció un sistema de Certificados de Ahorro Energético. Este sistema regulado exige a los sujetos obligados que lleven a cabo acciones de ahorro energético, definida según el porcentaje de venta de energía del año 2021.Cada año se le asigna al Sujeto Obligado una cantidad de GWh que debe ahorrar, pudiendo transformar cada KWh/año ahorrado en un Certificado de Ahorro Energético (CAE).
Los Sujetos Delegados solicitan la emisión de los CAE (previamente verificados) al Gestor autónomo, quien procede a una preinscripción en el Registro Nacional. El Coordinador Nacional registra definitivamente los CAE.
El Gestor autonómico emite un informe favorable a la validación, realiza la emisión de los CAE y procede a la preinscripción en el Registro Nacional de CAE de todos los Certificados de Ahorro Energético que se emitan.
El Sujeto Delegados puede vender su porfolio de CAE a otros actores del sistema, a través de un contrato privado de compraventa.
Los Sujetos obligados presentan los CAE obtenidos y los liquidan en contra de sus obligaciones.
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